¿Qué implica para el inversor MiFID II?
Empecemos por aclarar que MiFID II es una Directiva europea que persigue una serie de premisas como son la eficacia, la protección del inversor y, sobre todo, la transparencia. Es por tanto una continuación de su antecesora, MiFid I, aunque con novedades.
Uno de los puntos más importantes es la obligación por parte de las entidades financieras de indicar si se declaran como independientes o si, por el contrario, se declaran no independientes, forzando así a estas a informar a sus clientes de las retrocesiones que les vayan a cobrar y facilitando de este modo que los clientes sepan en cada momento cuánto pagan por qué servicio.
Esta Directiva pretende promover una mayor intervención de los órganos supervisores, dotándoles de la autoridad necesaria para prohibir determinados productos. El organismo regulador a nivel europeo es el ESMA, que busca una supervisión armonizada entre los organismos de los distintos países. En España el órgano encargado es la CNMV. Destacar también la ampliación del control sobre nuevas actividades y productos financieros.
¿Por qué se ha demorado tanto la aplicación de MiFID II?
Aunque la Directiva se acordó en 2014, el Consejo de la Unión Europea decidió retrasar su entrada en vigor debido a los retos que suponía su implementación. Este retraso tenía por objetivo la preparación de los actores que se verían afectados por la misma, así como eliminar los posibles vacíos jurídicos que se pudieran producir. No obstante, que haya transcurrido un período de tiempo tan largo desde que se crease hasta que finalmente vaya a ser aplicada, pone de manifiesto una clara presión por parte de las entidades financieras para retrasar la fecha y así poder seguir cobrando retrocesiones a sus clientes sin tener que informarles de ello. Finalmente, entrará en vigor, tras casi 4 años, el 3 de enero de 2018.
¿Cómo afecta a cada parte?
Lo que tenemos que tener claro es que esta Directiva gira en torno a los clientes minoristas, al inversor medio. Busca, por lo tanto, beneficiarles en materias como son los fondos de inversión, a los cuales se les va a dotar de una total transparencia en lo que se refiere a ingresos y costes. El inversor en fondos va a conocer al detalle todos los costes derivados de su inversión. Esto le permitirá tomar una decisión conociendo todos los datos.
Todo lo contrario ocurre con la banca. Desde el momento en que entre en vigor esta normativa, las entidades financieras se verán obligadas a detallar la totalidad de los costes que tiene la operación para el cliente, mostrando incluso algunos que hasta ahora habían conseguido esconder, como son los costes de asesoramiento; por lo general, muy superiores a los de otros actores independientes como pueden ser los Robo Advisor, lo que puede propiciar que el inversor busque asesoramiento independiente.