Un fondo de inversión es una institución de inversión colectiva (IIC). Los fondos de inversión no tienen personalidad jurídica, lo que implica no estar reconocido como sujeto, centro de derechos y obligaciones. En consecuencia, no tienen capacidad de obrar por sí mismos y, por tanto, no se les puede exigir responsabilidad jurídica por sus actos. Por este motivo, necesitan de otras entidades para que sus actividades sean reconocidas en el marco internacional. Ello lo consiguen gracias a las gestoras. Pero, ¿qué son las gestoras?
El papel de las gestoras en los fondos de inversión
Las gestoras invierten las aportaciones de los partícipes en los distintos activos financieros (renta fija, renta variable, derivados, etc., o una combinación de estos). Además, son las encargadas de efectuar las labores de administración, gestión, y representación de dichos fondos. Formalmente se denominan Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC). Se trata de sociedades anónimas supervisadas y controladas por la CNMV en España.
Conforme a lo dispuesto en el art. 40.1 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, las sociedades gestoras pueden realizar las siguientes actividades: gestión discrecional e individualizada de carteras de inversiones; administración, representación, gestión y comercialización de entidades de capital riesgo; asesoramiento sobre inversiones en acciones o valores negociables equivalentes; y recepción y transmisión de órdenes de clientes en relación con instrumentos financieros.
La actividad de las gestoras está fuertemente regulada por ley. Si bien a las gestoras se les reconoce cierto grado de discrecionalidad a la hora de invertir el dinero de los partícipes, la normativa establece unos límites que aseguran un mínimo nivel de diversificación, de liquidez y de transparencia. La política de inversión (activos en los que invierte) y las características del fondo (riesgo asumible, horizonte temporal, comisiones, inversión mínima exigida, etc.) constan en el folleto informativo del fondo y en el DFI (Datos Fundamentales para el Inversor).
Además del control ejercido por la CNMV en España, existen las llamadas gestoras extranjeras que cuentan con el control y supervisión de otras entidades distintas de la CNMV. En todo caso, que una gestora extranjera no esté regulada por la CNMV no impide que aquella pueda operar en España. Los requisitos fundamentales son que la gestora extranjera interesada despliegue una sucursal en España e informe a la CNMV de que va a operar en España y de que está regulada por la entidad extranjera correspondiente (la equivalente a la CNMV en el extranjero). La CNMV, cuando necesite realizar una consulta, no se dirigirá a la sucursal en España de la gestora extranjera sino que requerirá los datos pertinentes a la entidad reguladora correspondiente en el extranjero.
Gestoras de fondos de inversión y Feelcapital
Las sociedades gestoras y Feelcapital mantienen relaciones de colaboración (sobre todo en los medios y en programas de formación financiera). Pero son entidades independientes y realizan actividades distintas. Mientras que las gestoras administran los fondos, Feelcapital se dedica a prestar asesoramiento financiero a las personas físicas (los criterios de perfilado de Feelcapital están diseñados y dirigidos a personas físicas exclusivamente). De esta forma, Feelcapital en ningún momento gestiona el patrimonio de sus clientes sino que se limita a asesorar.