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¿Qué es y cuáles son las funciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) es un órgano administrativo que depende de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad. La DGSFP es, junto con la CNMV y el Banco de España, uno de los tres supervisores del sistema financiero español.

El sector de seguros y fondos de pensiones en España está bajo la supervisión y control de este organismo, que se encarga de supervisar y controlar el adecuado funcionamiento del sector y de dar la protección adecuada a los clientes de las entidades aseguradoras, así como a los partícipes de los planes de pensiones. Para ello cuenta con facultades de regulación, ordenación y supervisión sobre las entidades que componen el sector, lo que garantiza un funcionamiento adecuado de acuerdo con la normativa vigente.

Su estructura es la siguiente:

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En cuanto a las funciones de este supervisor en concreto son:

  • Controlar el cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora privadas, la supervisión ordinaria de su ejercicio, el control de los requisitos exigibles a los administradores y socios de las entidades que realizan dicha actividad; y a las demás personas físicas y jurídicas sujetas al texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados.
  • El control previo para el acceso a la actividad de mediación en seguros, la supervisión ordinaria de su ejercicio y el desempeño de las demás funciones de vigilancia previstas en la Ley de mediación de seguros y reaseguros privados.
  • El control en materia de fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones, escisiones y otras operaciones entre entidades aseguradoras, y las iniciativas sobre medidas y operaciones que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguna de sus ramas.
  • La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros privados, mediación en seguros y reaseguros privados y planes y fondos de pensiones.
  • La protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes en planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y sujetos sometidos a su supervisión; la vigilancia de la transparencia del mercado y las demás funciones que le atribuye la normativa sobre protección de los clientes de servicios financieros.
  • La coordinación de las relaciones en el ámbito de los seguros y reaseguros privados, mediación de seguros y reaseguros y planes y fondos de pensiones con los comités de seguros y pensiones de jubilación y otras instituciones de la Unión Europea, con otros Estados y con organismos internacionales, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  • La realización de estudios sobre los sectores de seguros y reaseguros privados, mediación de seguros y reaseguros privados, y planes y fondos de pensiones.
  • La preparación de proyectos normativos en las materias de competencia del centro directivo.
  • El análisis de la documentación que deben remitir las entidades aseguradoras y reaseguradoras, los mediadores de seguros y reaseguros privados y las entidades gestoras de fondos de pensiones a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar el control de su solvencia y actividad.
  • La supervisión financiera y la de las conductas y prácticas de mercado, así como la inspección de las operaciones y de la actividad ejercida por las personas y entidades enunciadas en los párrafos precedentes.
  • El control del cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso a la actividad por entidades gestoras de fondos de pensiones, la supervisión ordinaria de su ejercicio, así como de los requisitos que han de cumplir los planes y fondos de pensiones con arreglo al texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.

13 opiniones en “¿Qué es y cuáles son las funciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?”

  1. Si las resoluciones de la Dirección General de Seguros no son vinculantes, que sentido tiene hacer una reclamación a dicha Dirección contra una compañia de seguros ?. Mantenemos demasiados organismos superfluos en la administración.

  2. Necesito saber cómo puedo recuperar in plan de pensiones del que no tengo documentos .los perdí en una mudanza y el banco con el que trabajaba no me los facilita.estoy bloqueada.gracias

  3. buenas noches , no se si me podrán ayudar, ustedes podrían decirme La diferencia entre las competencias de la DGSFP y de las CCAA en materia de Seguros??? Muchas gracias.

  4. Quiero saber como cobro un seguro que tenia con caixa me dio un ictus y ahora que voy mejor bueno hace dias que gui hablar con ellos y siempre me dicen que no me dieron esta direccion ustedes me diran donde tengo que ir

    1. Hola Olga,
      Lamentamos no poder ayudarte. Nosotros ofrecemos un servicio de asesoramiento robótico personalizado en fondos de inversión. Te recomendamos que te dirijas a tu sucursal o al SAC (Servicio de atención al cliente) de tu entidad. Un saludo.

  5. Tienen las aseguradoras de coches un tiempo para pagar una indemnización por lesiones después de entregar toda la documentación solicitada?

  6. Mi seguro me ha reparado una tubería en casa porque caía agua al vecino de abajo, pero ahora no se hace cargo de los daños causados al vecino y el seguro de éste amenaza con demandarme a mí. Qué debo hacer?

  7. Este organismo esta al servicio de los poderes(aseguradoras,bancos y compañías),otra mentira mas que pagamos todos los Españoles.
    Que dejen de engañar a la gente con organismos superfluos .

  8. Mucho no cumplen. Tengo una reclamación desde junio de 2015 que sigue en estado de tramitación (expediente 1769/2015). Será por no darme la razón contra una aseguradora con influencias.

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